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En Barna Legal Abogados Sabadell y Cerdanyola le ofrecemos asesoramiento legal detallado sobre la redacción y validez de testamentos, así como sobre los derechos y obligaciones de los herederos y legitimarios. También ofrecemos orientación sobre la desheredación, un proceso legal mediante el cual se excluye a un heredero forzoso de la sucesión.
Le indicamos a continuación los conceptos básicos a tener en cuenta en los testamentos
1. Concepto de herencia testada en Cataluña
La herencia testada es aquella que se transmite a los herederos según lo que la persona fallecida (el testador) ha dispuesto en su testamento. En Cataluña, incluyendo Sabadell y Cerdanyola, la regulación de estas herencias está principalmente contenida en el Código Civil de Cataluña, que tiene algunas particularidades y diferencias respecto al derecho común que se aplica en otras regiones de España. Desde Barna Legal Abogados, en Sabadell y Cerdanyola, podemos asesorarte para entender cómo funciona esta normativa si debes redactar un testamento en Sabadell o Cerdanyola del Vallès.
2. Requisitos para que una herencia testada sea válida
Para que una herencia testada tenga validez en Cataluña, incluyendo Sabadell y Cerdanyola, es necesario cumplir con ciertos requisitos fundamentales:
- Existencia de un testamento válido: El documento debe estar redactado siguiendo las normas catalanas, que incluyen aspectos como la capacidad del testador, la forma en que debe hacerse y la firma. En Barna Legal Abogados, en Sabadell y Cerdanyola, te ayudamos a preparar y revisar tu testamento para que sea válido.
- Capacidad del testador: La persona que hace el testamento debe ser mayor de edad y tener la capacidad mental suficiente para entender lo que está haciendo y disponer de sus bienes.
- Ausencia de vicios en la voluntad: La voluntad expresada en el testamento debe ser libre de vicios como dolo (engaño), violencia o error, que puedan invalidar la voluntad del testador.
3. Tipos de testamentos en Cataluña
En Cataluña, incluyendo Sabadell y Cerdanyola, existen diferentes formas de hacer un testamento, cada una con sus particularidades:
- Testamento ológrafo: Escrito a mano por el propio testador, fechado y firmado por él. No requiere la intervención de un notario ni testigos.
- Testamento abierto: Se realiza ante notario, con la presencia de testigos, y el notario deja constancia de lo que el testador expresa.
- Testamento cerrado: El testador entrega al notario un documento en sobre cerrado, con instrucciones específicas, y el notario se encarga de formalizarlo sin conocer su contenido hasta el momento de la apertura.
Desde Barna Legal Abogados en Sabadell y Cerdanyola, podemos asesorarte sobre qué tipo de testamento es el más adecuado para ti y ayudarte a tramitarlo correctamente.
4. La legítima y la libertad de testar
En Cataluña, incluyendo Sabadell y Cerdanyola, la ley protege la llamada legítima, que es la parte del patrimonio que debe reservarse a ciertos herederos forzosos, como los hijos y el cónyuge. La distribución funciona así:
- Legítima: Es la mitad del patrimonio del testador, que debe reservarse para los herederos forzosos.
- Mejora y libre disposición: La otra mitad del patrimonio puede ser distribuida libremente por el testador en su testamento, permitiéndole decidir quiénes serán los beneficiarios y en qué proporciones.
En Barna Legal Abogados, en Sabadell y Cerdanyola, te ayudamos a entender cómo proteger la legítima y a planificar tu herencia de forma adecuada.
5. Herederos forzosos y herederos voluntarios
- Herederos forzosos: Son aquellos que la ley protege y que tienen derecho
- Herederos voluntarios: Son otras personas o familiares que el testador puede nombrar en su testamento para que reciban bienes, sin que la ley les imponga esa obligación.
6. Proceso de aceptación y partición de la herencia
- Los herederos deben aceptar la herencia, ya sea expresamente (de manera formal) o de forma tácita (por hechos que indican aceptación, como administrar los bienes).
- Una vez aceptada, se realiza la partición de los bienes, que puede ser amistosa (acuerdo entre todos) o judicial (si hay desacuerdos o conflictos). La partición consiste en dividir y distribuir
Recibir asesoramiento por abogados expertos en testamentos en Sabadell y Cerdanyola del Vallès es fundamental para garantizar que se respeten los deseos del testador y se cumplan las disposiciones legales vigentes.
¿Por Qué Elegir Nuestros Servicios Jurídicos en Asesoramiento de Testamentos en Sabadell y Cerdanyola?
- Experiencia y Conocimiento: Más de 25 años de experiencia en herencias y testamentos en Sabadell y Cerdanyola del Vallès
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Nuestros abogados expertos en testamentos en Sabadell y Cerdanyola le pueden ayudar en cuestiones y dudas que tenga como las siguientes:
La edad mínima establecida por el Código Civil de Cataluña para que una persona pueda otorgar testamento, según la normativa del Libro IV sobre el derecho de sucesiones, es de catorce años. El artículo 421-4 de la Ley 10/2008 lo estipula de esta manera, aunque la doctrina ha criticado esta elección por considerarla una edad demasiado temprana para tal capacidad.
En ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA, contamos con especialistas en derecho sucesorio que te asesoran sobre la edad mínima para otorgar testamento y las mejores opciones para garantizar que tu voluntad quede reflejada de manera clara y legalmente válida.
Si buscas asesoramiento sobre qué tipo de testamento se adapta mejor a tu situación, en ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA te ofrecemos soluciones personalizadas para garantizar que tu legado se distribuya según tu voluntad.
Asimismo, en Cataluña se reconoce el testamento ológrafo, siempre que las cédulas o memorias cumplan con los requisitos formales exigidos. En ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA, revisamos la validez de los testamentos y ayudamos a gestionar cualquier trámite relacionado con ellos.
Para revocar un testamento conforme a la normativa del Código Civil de Cataluña, se aplican ciertas disposiciones específicas. Principalmente, los testamentos posteriores pueden derogar a los anteriores, a menos que el testador exprese claramente su deseo de mantener el testamento anterior en su totalidad o en parte. Sin embargo, existe una regla general de compatibilidad entre diversos documentos testamentarios, como codicilos o memorias testamentarias, donde rige el criterio de compatibilidad: un testamento, codicilo o memoria nueva solo revocará lo anterior en la medida en que sean incompatibles.
En ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA, ayudamos a nuestros clientes a modificar o revocar su testamento de forma segura y legal, evitando problemas futuros en la sucesión.
Las memorias testamentarias en el Código Civil de Cataluña tienen una regulación más restringida en comparación con otros territorios, permitiendo solo disposiciones que no excedan un pequeño porcentaje del caudal relicto y se relacionen con bienes personales específicos o ciertas obligaciones moderadas. Estas memorias, al igual que los codicilos, no pueden instituir heredero y solo revocan disposiciones anteriores incompatibles.
Si necesitas más información sobre la revocación de testamentos o cualquier otro aspecto del derecho sucesorio, no dudes en contactar con ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA. Nuestro equipo de expertos está listo para ayudarte.
Para otorgar un testamento en Cataluña, se deben cumplir ciertos requisitos dependiendo de su modalidad:
1. Testamento Abierto
- El testador debe manifestar su voluntad al notario, verbalmente o por escrito.
- El notario redacta el testamento con base en esa voluntad y debe indicar el lugar, fecha y hora del otorgamiento.
- Luego de redactado, el testamento se lee al testador o este lo lee personalmente antes de firmarlo. Si no puede o no sabe firmar, lo harán por él dos testigos.
- Debe ser autorizado conforme a la legislación notarial vigente.
Si buscas orientación sobre cómo otorgar un testamento abierto, en ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA te brindamos asesoramiento experto en derecho sucesorio.
2. Testamento Cerrado
- El testamento debe ser escrito por el testador de forma autógrafa, en braille, por medios técnicos o por otra persona a su encargo.
- Si otra persona escribe el testamento, debe constar esta circunstancia y firmar junto con el testador al final del documento.
- El testador debe firmar todas las hojas y al final del testamento; si no puede hacerlo, otra persona puede firmar en su lugar, indicando el motivo.
- El documento debe introducirse en un sobre cerrado que impida su extracción sin ser dañado.
- No pueden otorgar testamento cerrado aquellas personas que no saben o no pueden leer.
En ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA, te ayudamos a cumplir con todos los requisitos legales para que tu testamento sea válido y se respete tu voluntad.
Según el artículo 421-9 de la Ley 10/2008 del Código Civil de Cataluña, si el testador no está incapacitado judicialmente, el notario debe evaluar su capacidad para testar. Además, puede solicitar la intervención de dos facultativos para certificar dicha capacidad y lucidez en el momento de otorgar el testamento.
Si el testador está incapacitado judicialmente, solo podrá otorgar testamento notarial abierto durante un intervalo lúcido, lo cual debe ser certificado por dos facultativos que el notario acepte.
En ABOGADOS TESTAMENTOS SABADELL Y CERDANYOLA, ofrecemos asesoramiento personalizado para garantizar que cualquier testamento otorgado cumpla con los requisitos legales de capacidad y validez.